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Dudas sobre la Nacionalidad Española por Residencia

Dudas sobre la Nacionalidad Española por Residencia

Hoy aclaramos tus dudas para que no esperes más y puedas solicitar la Nacionalidad Española por RESIDENCIA.

Es necesario acreditar que eres residente legal, pero….

¿Qué es Residencia LEGAL?

Es la otorgada a los extranjeros que se encuentren en España y sean titulares de una AUTORIZACIÓN para residir.

¿Cuenta como residencia el tiempo que lleves como solicitante de asilo?
No, al igual que la tarjeta de estudiante, es una autorización de estancia y no constituye título de residencia válido para adquirir la nacionalidad española.

¿Cuánto tiempo de residencia necesitas?

♦️DIEZ AÑOS: en la mayoría de los casos, pudiendo reducirse a:
♦️DOS AÑOS: para los nacionales de países iberoamericanos (como Venezuela), Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí
♦️UN AÑO:
-Para el que haya nacido en territorio español. (Y tenga RESIDENCIA LEGAL)
-Para el que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española.
-El viudo o viuda de española o español.
-El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

¿Dónde se solicita?

Ante el Ministerio de Justicia.

¿Tiempo de respuesta?

La solicitud deberá ser resuelta y notificada en un plazo máximo de un año.

¿Vigencia de los documentos?

Depende, algunos entre tres a seis meses dependiendo de cual sea, a excepcion del examen CCSE (cervantes) que dura 4 años y la Prueba DELE que no vence.

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