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Última Hora: Cambios en el Arraigo Laboral para Solicitantes de Asilo

Última Hora: Cambios en el Arraigo Laboral para Solicitantes de Asilo

En el ámbito de la inmigración y la legislación relacionada, es vital mantenerse actualizado sobre los cambios normativos y las decisiones judiciales que pueden afectar a las personas que buscan establecerse en un país extranjero, especialmente en lo que respecta a cuestiones laborales y de residencia. En este contexto, la reciente sentencia del Tribunal Supremo número 414/2024, fechado el 24 de enero de 2024, ha esclarecido importantes aspectos sobre el estatuto jurídico de los solicitantes de protección internacional en relación con los procedimientos de extranjería de arraigo laboral.

Esta sentencia, en combinación con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, reafirma la situación especial de estos solicitantes en el marco legal español y europeo. A esto le añadimos que la Secretaria General de Migraciones ha fijado los CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DEL JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO 414/2024, DE 24 DE ENERO, SOBRE LA INCIDENCIA EN LOS PROCEDIMIENTOS DE EXTRANJERÍA DE ARRAIGO LABORAL DE LA CONDICIÓN DE SOLICITANTE DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL.

¿Qué establece la nueva Sentencia del Supremo?

La sentencia, emitida a finales de febrero de 2024, aborda la cuestión de si es necesario estar en situación irregular para solicitar autorizaciones de residencia contempladas en la normativa de extranjería, en particular, el Arraigo Laboral. El Tribunal Supremo ha determinado que los solicitantes de asilo que se encuentran en proceso o han tenido su solicitud denegada, y que están en una situación de permanencia legal en España, no pueden acceder al Arraigo Laboral. Esta decisión se fundamenta en la necesidad de no vulnerar la directiva comunitaria de Asilo, y aunque pueda generar controversia, es la que se ha establecido en el ámbito del derecho comunitario y, por tanto, es de aplicación directa en España.

Implicaciones para los solicitantes de asilo y el Arraigo Laboral

Esta sentencia tiene implicaciones significativas para aquellos que están tramitando su solicitud de asilo o han visto denegada dicha solicitud. Anteriormente, se habían estado concediendo autorizaciones de Arraigo Laboral a personas en estas situaciones, lo que les permitía acceder a un permiso de residencia y trabajo en España. Sin embargo, con la nueva interpretación del Tribunal Supremo, esta posibilidad se ve restringida, ya que se establece que la situación de permanencia legal no equivale a estar en situación irregular, requisito para solicitar el Arraigo Laboral,

Estatuto Jurídico del Solicitante de Protección Internacional

Según la interpretación de las Directivas 2013/32/UE y 2013/33/UE, un solicitante de protección internacional no se considera en situación de estancia o residencia. Esta categorización especial se define como una permanencia tolerada, limitada a la espera del resultado del proceso de revisión de la solicitud. Esta condición impide cualquier vinculación con los estados de estancia o residencia habituales y se considera exclusivamente preventiva y temporal.

Derechos de Permanencia Según el TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de noviembre de 2023 (asunto C-257/22) establece que los solicitantes de asilo tienen derecho a permanecer en el territorio del Estado miembro, mientras dure el proceso de su solicitud en primera instancia. Sin embargo, este derecho no equivale a un permiso de residencia y tampoco permite considerar a la persona como en situación irregular según la Directiva 2008/115/CE.

Implicaciones en el Contexto de Arraigo Laboral

La sentencia del Tribunal Supremo es clara al indicar que la mera tolerancia de permanencia de los solicitantes de protección internacional no puede utilizarse como base para obtener un permiso de residencia a través de arraigo laboral. Esto subraya la incompatibilidad entre la condición de solicitante y la obtención de residencia por otras vías, incluido el arraigo laboral, que exige demostrar estancia o residencia legal y continuada.

¿Qué significa esto para quienes buscan establecerse en España?

Para quienes buscan establecerse en España y obtener una autorización de residencia y trabajo, esta sentencia junto a estos nuevos criterios de las oficinas de extranjeria suponen un cambio importante en el panorama legal. Aquellas personas que hayan trabajado durante el proceso de solicitud de asilo o tras haber visto denegada su solicitud, ya no podrán acceder al Arraigo Laboral, a pesar de haber cotizado a la seguridad social de manera legal. Esto limita las opciones disponibles para obtener una autorización de residencia en el país.

Conclusión

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el Arraigo Laboral y el Asilo en España marca un hito en el tratamiento legal de los solicitantes de asilo y su acceso a los permisos de residencia y trabajo.

  1. Estatus de Permanencia: Los solicitantes de protección internacional se benefician de una permanencia tolerada que impide considerar su situación como irregular.
  2. Imposibilidad de Arraigo Laboral: Durante el tiempo en que una persona mantenga su estatus de solicitante, no puede acceder a la residencia por arraigo laboral, ya que esta condición requiere una estancia o residencia regular.
  3. Procedimientos Legales Necesarios: Para tramitar una solicitud de residencia por arraigo, es indispensable renunciar formalmente a la condición de solicitante de protección internacional y esperar una resolución definitiva.

La confirmación de que los solicitantes de asilo no pueden acceder al Arraigo Laboral representa un obstáculo significativo para aquellos que buscan estabilizar su situación en España. Es fundamental que las autoridades revisen estas políticas y consideren alternativas que permitan una integración efectiva de las personas que solicitan protección internacional en el país.

Compromiso y Apoyo Profesional

En nuestra firma, entendemos las complejidades y los desafíos que enfrentan los solicitantes de protección internacional, especialmente en lo que respecta a la legislación sobre arraigo laboral. Nos comprometemos a ofrecer un apoyo integral y personalizado, asegurando que cada caso sea tratado con la meticulosidad y la empatía que merece. Si usted o alguien que conoce necesita orientación o representación legal en estos asuntos, no dude en contactarnos. Estamos aquí para ayudar a navegar estos procesos con profesionalismo y dedicación, garantizando los mejores resultados posibles bajo el marco legal vigente.

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