Con la reforma del Reglamento de Extranjería llega una nueva novedad, y es la posibilidad de que todas las personas que soliciten una Estancia/Visado por Estudios puedan tener también un permiso de trabajo de 30 horas semanales que autorizará a trabajar por cuenta propia y ajena.
Para disfrutar de esta ventaja, (autorización de trabajo) tus estudios deberán ser:
- Estudios superiores, de una formación reglada para el empleo o
- Destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o
- Una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o
- Habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica.
Este visado/estancia puede gestionarse de dos formas:
- Desde tu país de residencia legal, ante el consulado español, o
- En territorio español dentro del plazo de turista.